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¿A partir de cuándo se deben emitir los recibos de nómina conforme a la versión 1.2?

¿A partir de cuándo se deben emitir los recibos de nómina conforme a la versión 1.2?

La actualización entró en vigor a partir del 1o. de enero de 2017; sin embargo, los contribuyentes que así lo requieran podrán seguir usando la versión 1.1 durante el primer trimestre del ejercicio fiscal 2017, siempre y cuando reexpidan los recibos de nómina conforme a la versión 1.2 a más tardar el 1o. de abril de 2017; al hacerlo, no será necesario cancelar los que emitieron de acuerdo a la versión 1.1.

Fundamento legal: artículos 29, primer y último párrafos y 29-A del Código Fiscal de la Federación; artículo 99, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 2.7.1.8., segundo párrafo; 2.7.5.1. y artículo Trigésimo Segundo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017

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