¿Estoy obligado a enviar mensualmente mi información contable si tributo en el régimen de actividad
¿Estoy obligado a enviar mensualmente mi información contable si tributo en el régimen de actividad profesional, tengo ingresos que no exceden los dos millones de pesos y utilizo el apartado Mi Contabilidad en Mis Cuentas?
No, ya que la obligación se cumple al registrar la contabilidad a través de Mis Cuentas.
Fundamento legal: artículo 110, fracción II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y reglas 2.8.1.5., 2.8.1.6., primer párrafo, 2.8.1.7., primer párrafo, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017