Declaraciones Anuales Complementarias
Como empresas controladas o controladoras, para extinguir un adeudo con pérdidas fiscales, ¿Qué Declaraciones Anuales Complementarias deben presentarse?
Debe presentarse una Declaración Anual Complementaria por cada uno de los ejercicios en que haya habido pérdidas fiscales utilizadas para determinar el crédito.
Asimismo, la sociedad que haya tenido el carácter de controladora debe presentar las declaraciones complementarias del esquema de consolidación que correspondan a cada uno de los ejercicios en los que se modifiquen las pérdidas fiscales de las sociedades controladas o de la propia controladora.
Fundamento legal: artículo segundo, fracción XII, inciso h,, de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2016.
Fuente: www.sat.gob.mx